Sentencia nº 827/2024 de 03/10/24
Hechos:
Luis Manuel fue detenido y condenado por desobediencia tras negarse a vestirse en una comisaría, a pesar de tener ropa en su mochila y de las advertencias de los agentes sobre las consecuencias legales de su conducta. Según Luis Manuel «voy desnudo porque me gusta. Es legal».
Cuestión planteada:
¿Se vulneraron los derechos fundamentales de libertad ideológica o de expresión de Luis Manuel al ser condenado por desobediencia al negarse a vestirse en un lugar público?
Conclusión:
Se considera que la orden impartida por los agentes fue legítima y no se vulneraron sus derechos fundamentales.
Argumentación:
La sentencia se fundamenta en el artículo 556 del Código Penal sobre delito de desobediencia, así como en los artículos 10 y 20 de la Constitución Española, que establecen que los derechos fundamentales no son absolutos y deben respetar los derechos de los demás y el orden público.
Según el artículo 556 del Código Penal Los que se resistieren a la autoridad o sus agentes, o los desobedecieren gravemente, en el ejercicio de sus funciones, serán castigados con la pena de prisión de seis meses a un año.
Sandra Márquez
Abogada penalista