Mi novia me espía el Whatsap, ¿Es ilegal?
Nuestra respuesta es SI:
Interferir en las comunicaciones de otra persona sin su consentimiento constituye un delito contra la intimidad, concretamente el tipificado en el artículo 197 del Código Penal (descubrimiento y revelación de secretos).
Un ejemplo de ello, es la sentencia del Juzgado de lo Penal nº 3 de Jaén, que condenó a una mujer a un año de cárcel y al pago de una multa de 1.080 euros como autora de un delito de descubrimiento y revelación de secretos después de que en 2012 cogiera el móvil de su marido y encontrara las conversaciones íntimas que éste había mantenido con su vecina.
Otra sentencia en este sentido es la del El Juzgado de lo Penal número 4 de Girona, que condenó a una pena de prisión de dos años y medio y a una multa de seis euros al día durante un período total de 19 meses a un hombre que espiaba el móvil de su mujer porque pensaba que ésta le estaba engañando con otro.
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