EL TRIBUNAL SUPREMO QUITA LA CUSTODIA A UNA MADRE POR HACER PENSAR A SU HIJA QUE SU PADRE HABÍA ABUSADO SEXUALMENTE DE ELLA. “LA HIJA NO ES PATRIMONIO DE LA MADRE”, sentencia el Tribunal.
SENTENCIA EJEMPLAR EN MATERIA DE CUSTODIA COMPARTIDA.- El Tribunal Supremo, mediante sentencia nº 984/23 de fecha 20/06/23, le ha quitado la custodia monoparental de una menor a su madre por haber obstaculizado toda clase de contacto y comunicación entre la niña y su padre, de forma injustificada e incumpliendo diversas resoluciones judiciales. Es más, esta madre huyó con la niña a paradero desconocido, desarraigando a la menor de su núcleo afectivo y familiar, acaparándola de forma personal y exclusiva. A todo esto, hay que añadir que esta madre había denunciado al padre por abusar sexualmente de su hija, sin que existieran indicios razonables o prueba alguna en la que apoyar la denuncia.
El Tribunal Supremo ha entendido en esta ejemplar sentencia que la niña se encontraba en peligro bajo la custodia materna, con elevado riesgo de sufrir daño psicopatológico al desarrollarse bajo la creencia inducida por la madre de que su padre había abusado de ella, generándole la llamada “falsa memoria”, cuando indicios racionales de tal clase no constan en la exhaustiva investigación judicial llevada a efecto con pluralidad de pruebas practicadas.
El Supremo es rotundo: La hija no es patrimonio de la madre. Es interés de los niños y de las niñas mantener lazos con su familia, excepto en los casos que se demuestre particularmente contrario a sus intereses.
Llame para una 1ª consulta gratuita. Sandra Márquez, abogada penalista y de familia.
1 Comment
Bravo por tu trabajo.
Espero no tener que necesitar de tus servicios.
Por la paz familiar.
Por el bienestar de la salud de mi hija.
Por la vida en condiciones adecuadas que se merecen los/as menores/as.