ÚLTIMA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO. TS 12-09-19.
En un procedimiento de separación se otorgó la guardia y custodia del hijo menor a la madre, así como se estableció una cantidad en concepto de pensión de alimentos a abonar por el padre para alimentar al menor. Transcurre el tiempo y el hijo cumple la mayoría de edad, empieza a trabajar y a gozar de sus propios ingresos, dejando incluso de convivir con la madre, concurriendo una de las causas de extinción de su pensión alimenticia al haber alcanzado la independencia económica. Sin embargo la madre omite al padre durante años esta circunstancia por lo que sigue percibiendo mensualmente del padre la pensión alimenticia del hijo.
En esta sentencia el Tribunal Supremo entiende que la madre no estaba legitimada para percibir la pensión alimenticia por parte del padre dado que había desaparecido una condición esencial para su mantenimiento como lo es la referida convivencia y la independencia económica del hijo mayor de edad, ocultándolo la madre en un claro un abuso de derecho por lo que el tribunal obliga a la progenitora a devolver lo percibido al padre por la pensión de alimentos del hijo desde que éste dejó de convivir con aquella.
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