Nuevo hijo como motivo para reducir pensión de alimentos
Según el Tribunal Supremo, el nacimiento de un nuevo hijo por parte del progenitor obligado al pago de una pensión alimenticia es causa de reducción de la misma siempre y cuando la capacidad patrimonial o medios económicos del obligado al pago sea realmente insuficiente para seguir cumpliendo con la ya existente y la que resulta de las necesidades de los hijos nacidos posteriormente, sin que se resienta la atención de las suyas propias.
El Tribunal Supremo considera que el nacimiento de un hijo sí puede suponer una redistribución de los recursos económicos de quienes están obligados a alimentarlos para hacer frente a sus necesidades, ya que, no es lo mismo, alimentar a uno que a más hijos, existiendo obligación legal con todos.
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