Mi hijo es un “ni-ni”. La extinción de la pensión de alimentos de hijos mayores de edad que ni estudian ni trabajan.
En cuanto a la obligación de abonar una pensión alimenticia por parte de un progenitor a favor de un hijo mayor de edad no independiente económicamente, en casos de separación o divorcio, pasamos a exponer los artículos del Código Civil de interés:
Establece el art. 93 del Código Civil: “Si convivieran en el domicilio familiar hijos mayores de edad o emancipados que carecieran de ingresos propios, el Juez, en la misma resolución, fijará los alimentos que sean debidos conforme a los artículos 142 y siguientes de este Código”.
A su vez el art. 152 del mismo texto legal establece: “Cesará también la obligación de dar alimentos:
3º Cuando el alimentista pueda ejercer un oficio, profesión o industria, o haya adquirido un destino o mejorado de fortuna, de suerte que no le sea necesaria la pensión alimenticia para su subsistencia”.
Por lo general, los jueces mantendrán la obligación del pago de la pensión de alimentos de hijos mayores de edad siempre que éstos vivan en casa y no tengan recursos propios. Ahora bien ¿Esto es de por vida? ¿Hasta cuándo tiene el progenitor la obligación de pagar los alimentos? ¿Qué pasa si el hijo mayor de edad ni estudia, ni trabaja, ni tiene interés alguno en hacerlo? El Tribunal Supremo se ha pronunciado en reiteradas ocasiones sobre la posibilidad del extinguir la pensión de alimentos a los hijos mayores de edad en supuestos de falta de aprovechamiento escolar/laboral por parte de los mismos (ejemplos, STS 2 de diciembre 2015, 19 de febrero 2019).
Si tu hijo mayor de edad al que le pagas una pensión alimenticia en virtud de una resolución judicial no estudia porque no quiere, estudia pero saca malas notas por su dejadez o falta de interés, no trabaja ni hace el menor esfuerzo por conseguir trabajo….en definitiva, es un ni-ni, quizás sea el momento de presentar una demanda de modificación de medidas para solicitar la extinción de su pensión alimenticia.
Para más información para cualquier asunto de familia, o específicamente sobre pensión de alimentos pide consulta gratuita al 692931116.
Sandra Márquez Abogados
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